La banalidad del mal

Decía Hannah Arendt en su libro Eichmann en JerusalénUn informe sobre la banalidad del mal que  la triste verdad es que la mayor parte del mal la hacen personas que nunca se deciden a ser buenas o malas. En nuestra sociedad actual, este mal lo ocasiona, en muchas ocasiones, el mirar a otro lado. El aceptar el dolor ajeno a expensas de nuestro beneficio o, ni eso, a expensas de no salir perjudicados nosotros.

Vivimos tiempos en los que el bullying es un modo de vida: políticos que toman ventaja y firman acuerdos amenazando a otros, atemorizando al resto. Youtubers, Tiktokers, que defienden la predominancia mediante el uso de la fuerza. Y entretanto, sucede lo que en cualquier clase de primaria acontece cuando hay un acosador y una víctima: el mundo observa sin interceder por miedo a actuar y a las consecuencias que de ello derive.

Este lunes cumplieron veinte años del asesinato salvaje de Rosario Endrinal Petite en un cajero de La Caixa en la calle Guillem Tell 28, en Barcelona. Hace unas semanas en Sevilla un grupo de jovenes quemaba a un hombre en un cajero. A principios de año unos jóvenes quemaban a un hombre en un cajero en Palma de Mallorca.

Es necesario llegar a estos extremos para dar visibilidad a acciones de odio, de mal, hacia las personas más vulnerables? Que hacemos en las sombras, en el día a día, en el insulto, en la vejación, en la agresión que no conlleva tratamiento médico? Cuán difícil es perseguir judicialmente estas otras violencias motivadas por la aporofobia, es decir, el desprecio profundo hacia las personas pobres?

A Rosario Endrinal la asesinaron tres jovenes, uno de ellos menor de edad, el 15 de diciembre de 2005. No fue hasta diez años más tarde que el Código Penal incluyó el articulado sobre delitos de odio. No fue hasta 2021 que finalmente en el artículo 22.4 de las circunstancias modificadoras de la responsabilidad penal se incluyó la aporofobia.

Pese a llegar tarde, estas modificaciones han permitido perseguir judicialmente estas agresiones que antes quedaban en delitos leves y penas de multa o trabajos en beneficio de la comunidad. La incorporación de los delitos de odio del artículo 510, 511 y consecutivos permiten, también, aplicar medidas cautelares y de protección como es el caso de la Sentencia del 15 de mayo de 2017 de la audiencia provincial de Barcelona en la que se condenó a un hombre por:

«Probado y así se declara que Sebastián, mayor de edad y sin antecedentes
penales, el día 23 de octubre de 2.016 sobre las 5 horas se encontraba en la calle Pau Clarís nº 77 en la localidad de Barcelona e intentó hacer un reintegro en el cajero automático de la entidad Banco Sabadell, y al no obtener respuesta, se dirigió a Reyes , indigente que pernocta en plena calle, y que se encontraba en el suelo y al lado del cajero, de forma inopinada, aprovechando su extrema vulnerabilidad como persona que carece no sólo de un techo sino de cualquier soporte familiar o social, actuando de forma absolutamente gratuita, movido por el desprecio que sentía hacia las personas sin hogar y con evidente voluntad de menoscabar su dignidad, se dirigió de forma sorpresiva hacia ella y tras escupirla, le propinó patadas en el cuerpo y puñetazos en la cara. Como consecuencia de la agresión, Reyes sufrió fractura del tercio medio del radio izquierdo y
contusión ocular derecha, que precisaron tratamiento médico-ortopédico consistente en inmovilización con yeso braquiopalmar y administración de analgésicos y con una estimación de sanación de 90 días, sin que se haya determinado el tiempo de incapacitación para el ejercicio de sus ocupaciones habituales.»

Para poder considerar los hechos como delito de odio deben probarse, entre otros, los siguientes aspectos como detalla dos años más tarde la circular 7/2019 de la Fiscalía General del Estado:

  • Dolo: la agresión verbal o física se produce por una motivación única y gratuita de odio hacia un colectivo y los miembros de este.
  • Contexto: Falta de justificación de la agresión. Falta de relación previa entre autor y víctima. Rechazo hacia el colectivo al que pertenece la víctima.
  • Víctima: Percepción de los hechos, indefensión, situación de inferioridad, pertenencia a un grupo vulnerable.

En este sentido, la misma circular expresa la dificultad en probar la intencionalidad, al ser un elemento notoriamente subjetivo y que, por ello, debe basarse en las declaraciones de testigos, en la simbología del propio autor y sus comunicaciones públicas. Como es el caso de la sentencia de 21 de enero de 2016 y en la que se condenó a los autores a seis meses de prisión y una orden de alejamiento de 1.000 metros de la víctima.

Los hechos que se declararan probados con la conformidad del acusado son los siguientes: El 19 de agosto de 2014 sobre las 17 horas cuando el indigente Aureliano se acercó al acusado Vicente, mayor de edad y sin antecedentes penales, que se encontraba en la calle Lllull esquina con Rambla de Prim n° 27 de Barcelona, pidiéndole que le pagara un café con leche, el acusado Vicente reaccionó de forma violenta, gritándole y acercándose al sr. Aureliano de forma desafiante y pese a que éste, ante la actitud mostrada por el acusado, le pidió disculpas y se apartó, el acusado, con el propósito de menoscabar su dignidad, abusando de su extrema vulnerabilidad, como persona indigente, sin hogar y con desprecio a su origen extranjero, no cesó en su comportamiento, desafiante y despectivo, gritándole: «YONKI DE MIERDA». Seguidamente se hermano, el también acusado Marcos , mayor de edad y sin antecedentes penales, guiado por idéntico propósito, sin mediar palabra, se dirigió al sr. Aureliano y con el propósito de menoscabar su integridad física, le propinó un puñetazo en la cara y otro en el vientre, haciéndole caer al suelo, donde siguió golpeándole, propinándole dos patadas, una en las costillas y otra en la cabeza, sumándose a la agresión el acusado Vicente , quien con el propósito de menoscabar su integridad física, propinó al sr. Aureliano dos patadas en las costillas.
Como consecuencia de la agresión sufrida, Aureliano resultó con lesiones consistentes en «contusiones en la zona antero-lateral e inferior del hemitórax derecho y en el oído izquierdo» habiendo precisado para su sanidad de una primera asistencia facultativa y 7 días de curación no impeditivos.
El acusado Marcos está vinculado con grupos de Ideología nacional socialista, haciendo ostentación desus ideas neonazis con tatuajes visibles en el brazo de la calavera Totenkpof estandarte de las unidades encargadas en el III Reich de vigilar los campos de concentración.

Deberíamos creer que con la incorporación expresa de los delitos de odio por aporofobia estas conductas se reducirían pero no ha sido tal el caso. Según la fiscal delegada contra los delitos de odio y discriminación Marta Gloria Lopez Catalá, los delitos aporofóficos han incrementado en los últimos dos años. Según el observatorio Hatento que gestiona la fundación Rais, el 82% de las personas que viven en la calle sufren vejaciones y delitos de odio de manera repetitiva y el 87% no han denunciado.

Estas situaciones de abuso no ocupan portadas ni están en los rotativos informativos hasta que algún hecho singular, brutal y fuera de toda lógica acontece. En un mundo hiperconnectado donde los jóvenes tienen acceso a contenido que lucha por hacerse viral, ¿cuanto tardará en aparecer otro ReSet que, con más de un millón de suscriptores y 124 millones de visitas decida hacer un reto como el que esté creyó potencial de rentabilidad y ofrezca a la gente que vive en la calle galletas con pasta de dientes?.

Aquí la cuestión no está en el otro, en el joven «inconsciente». Está en el vecino que ve una agresión a una persona que vive en la calle, que ve como la arrastran, como la vejan, y no hace nada. O, peor, cree que lo merece porque, total, «si está en la calle, algo habrá hecho, ¿no?«. Porque «si uno se esfuerza y quiere, no llega a la calle». Porque «quien está en la calle sufre de trastornos mentales y/o adicciones«, y un largo etcétera. Sin querer ampliar la mirada y entrever que la cifra de personas sin hogar ha incrementado un 50% en los últimos cinco años. Sin querer ver que la crisis habitacional separa y polariza aún más a nuestra sociedad y que esta es una realidad que, aunque no queramos ver, está cada vez más a la vista.

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