He tenido la suerte de poder contribuir en este proyecto de ley propuesto por parte del mundo académico y entidades sociales para erradicar el sinhogarismo en Catalunya y garantizar los derechos de las personas que viven en la calle o entre refugios.
La propuesta de ley entró a registro el mes de febrero de 2021 y está en fase de debate y modificaciones en el Parlament de Catalunya. El principal foco de esta propuesta de ley es dar respuesta a las necesidades de las personas que viven en la calle y en refugios/albergues (Ethos 1 y 2).
Para hacerlo, la ley situa como aspecto clave el modelo Housing Led, tipo Housing First para revertir el modelo clásico de reinserción social «en escalera» por el que una persona, para acceder a ciertos servicios (en especial aquellos residenciales) debe proporcionar ciertos requisitos como no consumir sustancias, haber tratado su salud mental o estar vinculados a programas laborales, aspectos que dejan fuera a muchas de las personas que viven en la calle y que se encuentran en la intersección de múltiples formas de exclusión social.
Al margen de que los factores causantes de que una persona viva en la calle o entre refugios sean las dificultades económicas, las barreras de acceso laborales, la salud mental, el consumo de drogas o los episodios de violencia vividos; hacerlo es equivalente a acumular sucesos vitales estresantes y traumáticos que poco a poco derivan en un deterioramiento de la salud mental y las posibilidades de verse abocado al consumo de sustancias incrementan en este tipo de vida. Vivir en la calle, en portales, en parques, entre refugios y camas de literas compartidas, supone una acumulación de factores de exclusión que solo añaden dificultades al laberinto que puede suponer salir de la calle y que la burocracia de la administración a menudo complica ese camino del que es tan complicado salir.
Es por esto que esta no es una ley de vivienda, que requiere medidas hacia el mercado residencial. Esta es una ley de derechos, y busca garantizaros para quien vive en la calle.
La ciudad de Nueva York legisló el derecho a un techo «right to shelter» en 1981 (Ver Callaghan vs. Carey) y a raíz del dictamen se desarrolló una maquinaria de refugios que ha llevado a que actualmente haya cerca de 40.000 personas residiendo permanentemente en refugios con decenas de camas por habitación y 10.000 personas en calle. En cambio, ciudades como Los Ángeles tienen cerca de 43.000 personas en la calle y 20.000 en refugios. La inseguridad en calle es elevada, poder cumplir con los derechos más fundamentales, vivendo en la calle, es inasumible.
Esta es una ley de medidas urgentes, transitorias, para garantizar lo más básico. Como el derecho subjetivo a disponer de un espacio residencial en el que poder desarrollar la vida íntima. Un espacio en el que poder reponer la integridad y la seguridad. De poder contar con espacio con apoyos al que los recursos de salud mental y de atención social entre otros puedan dirigirse y no tener que interrumpir el acompañamiento porque la movilidad en calle haga difícil el contacto entre las personas y los servicios que las atienden.
Pero también es una ley que persigue garantizar muchos otros derechos como el de acceso a espacios diurnos de baja exigencia donde se pueda acceder aunque se consuman drogas, a lavandería y a baño y recursos de higiene.
Una ley que defiende el uso del espacio público para las personas sin hogar en caso que no dispongan de otro lugar donde poder satisfacer sus necesidades más básicas. Que contempla un diseño del espacio público que considere la seguridad de las personas sin hogar.
Una ley que prioriza las necesidades y riesgos que viven las mujeres que viven en la calle o en refugios, espacios altamente masculinizados donde la mujer se adapta y negocia con las reglas ímplicitas (marcadas por la violencia física y sexual) o queda aislada y a merced de más violencia. Una ley que entiende la perspectiva de género como un todo, no sólo como la provisión de espacios ad-hoc dentro de centros con presencia mayormente masculina.
Una ley que tiene en cuenta la metropolización del sinhogarismo y reconoce la realidad en la que muchos municipios redirigen a la población que vive en la calle a municipios mayores, con más recursos sociales. La propuesta de ley tiene en cuenta la solidaridad interterritorial y sitúa algunos mecanismos de compensación así como exige que los municipios de más de 50.000 con más de 20 personas viviendo en la calle o en refugios deben disponer de los recursos que garanticen los derechos de estas personas y que la ley explicita, además de confeccionar recuentos anuales y de disponer de equipos multidisciplinares que trabajen en la via pública contactando y acompañando a las personas que allí viven, proveyendo de recursos extraordinarios en caso de emergencia climática o sanitaria.
Esta propuesta pretende asentar cierta lógica de eficiencia en los recursos existentes y priorizar nuevos, actualmente muy necesarios, para buscar el mejor camino y ayudar realmente a salir de la pesadilla que es vivir en la calle.